Tabla de retenciones 

  

¿Qué es?

Lo primero y más importante es aclarar que la retención en la fuente, NO es un impuesto, sino que es un mecanismo de recaudo anticipado de un impuesto.


Con esta lo que se logra es recaudar un impuesto en el momento en que ocurre el hecho que lo genera, es decir cuando nace, por esta razón el nombre: “en la fuente”.

Los impuestos operan por periodos: mensuales, bimestrales, anuales, etc., esto implica que para que el estado pudiera cobrar estos impuestos, tuviese que esperar a que transcurriera este periodo.

Lo que se logra a través de la figura de la retención en la fuente es que, el estado ya no tenga que esperar, citando un ejemplo: un año para recaudar el impuesto a la renta, sino que lo cobra cada mes, y con esto se asegura un ciclo constante de recursos.

Entonces la retención en la fuente simplemente es una forma que tiene el estado de poder recaudar un impuesto lo más pronto posible, sin tener que esperar a que transcurra el periodo de dicho impuesto.

Para cada impuesto hay retención en la fuente: Impuesto de renta, IVA, Impuesto de Timbre y el Impuesto de industria y comercio.

Elementos de la Retención en la Fuente

La retención en la fuente tiene varios elementos para que como mecanismo de recaudo sea eficiente y cumpla con los objetivos de la Administración:

fuente: https://actualicese.com/

Contabilización entre Contribuyentes

Se trata de un mecanismo anticipado de recaudo de impuestos, no es impuesto propiamente. Las mismas se manejan en 2 vías, y para su claridad vamos a identificarlas como activas y pasivas

Las activas: Toda persona jurídica cada vez que realiza un pago, normalmente está obligado a efectuar la  retención en la fuente al beneficiario. Existen dependiendo el concepto diferentes tarifas de retención que se deben aplicar, para tal efecto y conocer la base y tarifa de retención pueden consultar en:

Base y tarifas retención en la fuente

El valor recaudado a título de retención en la fuente, debe ser declarado y pagado mensualmente, es decir, se trata de una obligación mensual, dentro de las fechas previamente fijadas por el calendario tributario antes mencionado.

Las pasivas: Cada vez que su empresa presta servicios o enajena bienes, su pagador deberá realizarle una retención en la fuente para lo que deberá tener en cuenta actividad y potenciales clientes y de esta manera proyectar su flujo de caja, restando de los mismos el valor de la retención en la fuente que se le deba efectuar.

Esa retención practicada es un anticipo a su renta, el cual podrá restar del impuesto de renta generado, previa certificación que le debe ser entregada por el agente que efectuó la retención. 

La autorenta: Dentro de la misma declaración de retención en la fuente a título de renta, con la expedición de la ley 1819 de 2016, se incluyó la obligación de los contribuyentes de realizar la autorenta, la cual consiste en anticipar un porcentaje de los ingresos del periodo a título de impuesto de renta. 

Se conoce como la autorretención, para tal efecto y conocer las tarifas pueden consultar en:

El procedimiento es calcular los ingresos brutos del periodo, aplicar el porcentaje de auto-retencion de acuerdo a la actividad y el valor que se genere, deberá incluirlo en la declaración de retenciones en la fuente, para ello existe una casilla especial.

Dicho valor también será un descuento del valor de impuesto de renta final que se genere.

 

Herramientas gratuitas en Excel

De clic en el título de la herramienta que requiera descargar.

Retención por salarios Proc-1

Liquidador de la retención en la fuente por salarios procedimiento N. 1

 

Retención por salarios Proc-2 Nueva

Liquidador de la retención en la fuente por salarios procedimiento N. 2.

 

Retención Trabajadores independientes

Liquidador de retefuente por honorarios y prestaciones de servicios personales. Parágrafo 2 Art. 383 ET.

 

Calendario tributario 2022 Nueva

Calendario tributario 2022 de impuestos nacionales

 

Sanción por Extemporaneidad 

Liquidador de la sanción establecida en los artículos 641 y 642 del Estatuto Tributario.

 

Sanción por corrección

 

Liquidador de la sanción establecida por el artículo 644 del Estatuto Tributario.

 

Sanción por Información Exógena nueva
Liquidador de la sanción de que trata el artículo 651 del ET por envío de información: Información exógena.

 

Impuesto al patrimonio
Liquidador del impuesto al patrimonio o riqueza establecido en la última reforma tributaria.

 

Liquidación de anticipo de renta Nueva
Liquidador del anticipo de renta para el año gravable siguiente. Formato Excel

 
 

Cálculo de intereses moratorios

Liquidador de los intereses moratorios para impuestos establecido en el artículo 635 del ET.

 

Certificado de ingresos y retenciones

Emisión del certificado de ingresos y retenciónes Formato 220 para rentas de trabajo. Lo emite los empleadores.

 

Simulador Régimen SIMPLE

Simulador de la conveniencia  de registrarse en el Régimen Simple  a nivel de impuestos a pagar.

 

Tabla de retención en la fuente Nueva

Tabla de retención en la fuente con los diferentes conceptos bases y tarifas (versión sencilla y completa)

 

Prorrateo de IVA

Liquidador de la proporcionalidad del IVA transitorio en operaciones comunes. Artículo  490 del ET

 

Relación retenciones Formato 1220

Formato 1220 en Excel utilizado para reportar las retefuente en una solicitud de devolución de saldo a favor.

 

Exógena DIAN

Material sobre información exógena DIAN. se publica la normatividad y formatos de exógena en Excel.

 

Dígito de verificación Nueva

Liquida o determina el dígito de verificación de cualquier NIT registrado ante la DIAN.



 
 

 

 

 

Formulario de Retención en la Fuente 350 - 2018

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